Se aprobó la promoción de donación de plasma para pacientes con COVID-19

Se aprobó la promoción de donación de plasma para pacientes con COVID-19

Esta iniciativa presentada por el diputado Andrés Chanampa fue sancionada por unanimidad por la Cámara y consiste en adherir a la Ley Nacional N° 27.554.

que promueve la donación voluntaria de sangre de pacientes recuperados de COVID-19 para la obtención de plasma a implementarse en los tratamientos de personas que estén cursando la enfermedad. También, el cuerpo legislativo aprobó la creación del Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas de la provincia de San Juan, propuesta impulsada por la legisladora Marcela Monti.

 

Además, los diputados y diputadas ratificaron, por un lado, una Acta Acuerdo suscrita entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (MAyDS), y la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable; por otro lado, un convenio entre la Dirección Nacional de Vialidad, y el Gobierno de San Juan para la adquisición directa de un inmueble del departamento Sarmiento; y por último, un convenio, firmado entre la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio de Obras Públicas, y el gobierno de la provincia por mayor financiamiento para la obra «Acueducto El Tambillo” –departamento Iglesia.

 

También, modificaron el artículo 24º bis de la Ley 1114-L, sobre el Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (RSU); el artículo 14º de la Ley Nº 2188-1, Ley Impositiva Año Fiscal 2021; y el artículo 3° de la Ley 832-1 sobre la Cuenta Especial denominada “Edificio Poder Judicial”.

 

Asimismo, aprobaron sobre tablas un proyecto de Ley que adhiere a las medidas sanitarias por COVID-19; un comunicado oficial que informa la renuncia del juez de Cámara, abogado Oscar Roberto Otiñano; y un proyecto de Ley que establece la suspensión de embargos, requerimientos de pago, y la traba de medidas cautelares de los sectores críticos considerados como no esenciales incluidos en el «Programa Proteger Empleo San Juan».

 

Por último, dieron acuerdo a tres proyectos de resolución referidos a una muestra fotográfica (diputado Andrés Chanampa); otro al monumento “Soldado Rawsino Héroe de Malvinas” (diputados Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y legisladora Graciela Seva); y a una “Diplomatura Superior en Educación Ambiental” (diputada Fernanda Paredes).

 

Cabe señalar que la sexta sesión, estuvo conducida por el presidente de la Cámara de Diputados, Roberto Gattoni, quien estuvo acompañado por los secretarios Legislativo, Nicolás Alvo, y Administrativo, Roberto Iglesias.

 

Adhesión a Ley Nacional de donación de sangre para plasma

A propuesta del diputado Andrés Chanampa y con el aval de las respectivas comisiones, el cuerpo aprobó el proyecto de ley que plantea la adhesión de la provincia de San Juan a lo establecido por la Ley Nacional N° 27.554, que promueve la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes recuperados de COVID-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran, según los protocolos vigentes autorizados por la autoridad de aplicación.

 

Al respecto, la autoridad de aplicación será la que determine el Poder Ejecutivo, encargada de aplicar la presente ley y cumplir las funciones que la misma determina.

 

Asimismo, el legislador Chanampa informó que a partir de esta normativa se crea el Registro Provincial de Pacientes Recuperados de COVID-19, donantes de plasma, el que estará a cargo de la autoridad de aplicación de la presente ley, y se adecuará a lo dispuesto por la Ley Nº 521- O – Ley de Sangre.

 

Por otro lado, señaló que la información del Registro Provincial de Pacientes Recuperados de COVID19 donantes de plasma deberá resguardarse en cumplimiento de la ley Nº 25.326— Protección de Datos Personales—.

 

“Esta adhesión es para fomentar, concientizar la campaña de donación de plasma de las personas que se han curado de COVID-19. Y queremos señalar que la persona que dona puede volver a donar después de pasada una semana. Hacemos hincapié en esto porque el Instituto Provincial De Hemoterapia está escaso de esto”, expresó el diputado Chanampa durante su alocución.

 

Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas

A instancias de su autora, la diputada Marcela Monti y con el despacho de las correspondientes comisiones, la Cámara otorgó acuerdo al proyecto de ley de creación del Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas de la Provincia de San Juan.

 

Sobre el asunto, la legisladora Monti explicó que “la creación de un nuevo marco legal abrogando la Ley 35 -A, antigua 1.639 de 1950, resulta necesaria por la reciente sanción de las leyes 1972 – A, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Civiles de la Provincia de San Juan y 2.177 – A, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Agrimensores de la Provincia de San Juan, referente a la designación del nombre de la entidad, debiendo denominarse «Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas de la Provincia de San Juan», remplazando el vocablo Agrimensores y agregando el vocablo Especialistas”.

 

Asimismo, sostuvo que “se hace propicia la oportunidad para mejorar las estructuras de funcionamiento y su adecuación a la nueva normativa del Código Civil y Comercial de la Nación, conformando sus órganos con mayor participación de las minorías, donde las especialidades se vean representadas en los órganos de decisión de la entidad y establecer un sistema electoral transparente”.

 

Además, señalo que “se produce una adecuación respecto a la designación del Tribunal de Disciplina, su composición interna y el tiempo de sus mandatos, como también la posibilidad de apelación judicial de las sanciones graves impuestas, ante el Juzgado Contencioso Administrativo provincial. También sobre la composición y funcionamiento de los Revisores de Cuentas, el funcionamiento de la Asamblea, tanto Ordinaria como Extraordinaria”.

 

En tal sentido, el proyecto de ley tiene como finalidad que el Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas detente el gobierno de la matrícula y la registración de tareas de las personas profesionales de la ingeniería en las siguientes especialidades: Ingeniería Agropecuaria, Bio Ingeniería, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Electricista, Ingeniería Electricista Electrónica, Ingeniería en Ecología, Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente, Ingeniería en Seguridad Ambiental, Ingeniería en Sistemas de Información, Ingeniería Laboral, Ingeniería Mecánica Electricista, Ingeniería en Alimentos, Ingeniería en Ecología, Ingeniería Electromecánica, Ingeniería en Minas, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Química, Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecánica y Electricista, Ingeniería Aeronáutica, Ingeniería Naval.

 

Al respecto, el texto de la ley consigna que la enumeración es de carácter enunciativa y asimismo pueden ser incorporadas otras especialidades, en función de los títulos que en adelante expida una Universidad Nacional o que correspondan a nuevas profesiones conexas con las que comprende la presente ley, que ejerzan la profesión en la Provincia de San Juan y que por expresas disposiciones de esta ley, deban matricularse.

 

Por otra parte, deben matricularse las personas que posean título de Ingeniería de alguna de las especialidades dispuestas o que fueren incorporadas con posterioridad, cuyo título sea expedido por universidades extranjeras que hayan sido reconocidos o revalidados por una Universidad Nacional y que ejerzan la profesión en la provincia de San Juan.

 

Carta Acuerdo con Ambiente de la Nación

Tras la explicación brindada por el diputado José Luis Esteve, la Cámara aprobó la Carta Acuerdo suscrita entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (MAyDS), representado por su titular, Juan Cabandié, y la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, representada por su titular, Domingo Raúl Tello, en fecha 7 de septiembre de 2020, ratificada por Decreto provincial.

 

En este sentido, el legislador Esteve expuso, como miembro informante, que el objetivo general es «Determinar el área con suelos desnudos y el área total involucrada en la que se implementan prácticas de MST (pMST) identificando y relevando a los productores que implementan pMST en las provincias de Cuyo consideradas por el Proyecto».

 

Luego, sostuvo que para la realización de las actividades el proyecto destinará una suma fija de pesos un millón ochocientos noventa mil novecientos setenta y cinco ($1.800.975), conforme ANEXO III.

 

Modificación de la Ley de Sistema de Gestión de Residuos Sólidos

Después, los legisladores y legisladoras modificaron el artículo 24º bis de la Ley 1114-L, sobre el Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (RSU), y de adhesión a la Ley Nacional Nº 25916, sobre Gestión Integral de Residuos Domiciliarios.

 

En esta ocasión, el diputado Simón Ortiz fue el encargado de brindar los fundamentos del proyecto y señaló que “tiene por objeto realizar una modificación en los mínimos y máximos de las UT que se aplican para sancionar a los infractores de la norma, teniendo en cuenta que nos encontramos con eventuales casos de infractores personas físicas y/o transportistas de menor capacidad económica, sumado a la modificación que se hace anualmente de la Unidad Tributaria, que significa siempre un incremento en los montos”.

 

De esta manera, el artículo quedó redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 24º bis: El que incurriere en alguna violación o incumplimiento de lo prescripto por la presente ley, debe ser sancionado, en forma conjunta o alternativamente, según lo prescripto a continuación: Multa entre 500 UT y 500.000 UT. Clausura del establecimiento. Secuestro de unidades de transporte o materiales transportados. Arresto, según lo dispuesto en forma supletoria por la Ley N° 941-R, Capítulo I, artículos 167,169 y 169BIS. La persona que incurra actos de vandalismo, rotura, o destrucción de contenedores, de presentación de residuos, será sancionada conjunta o alternativamente con multa entre 1.000 UT y.500.000 UT, arresto de cinco (5) a diez (10) días.» Cuando, quien incurriere en la violación o incumplimiento, fuere responsable de organismos públicos, se debe aplicar una multa entre 1.000 UT y 500.000 UT”.

 

Adquisición de un inmueble para la ejecución de la Ruta Nacional 40

Por otro lado, el cuerpo legislativo ratificó un acuerdo suscripto el 12 de marzo de 2021, entre la Dirección Nacional de Vialidad, y el Gobierno de San Juan para la adquisición directa de un inmueble del departamento Sarmiento.

 

En esta oportunidad, habló el diputado Federico Hensel como miembro informante y sostuvo que el acuerdo consiste en la adquisición de un inmueble del departamento Sarmiento que tiene como destino a la ejecución de la Obra: Autopista Ruta Nacional N° 40— Tramo: Limite Interprovincial Mendoza- San Juan Intersección Acceso Sur y RP N° 179 — Sección II: Tres Esquinas — Intersección RN N° 40 y RP N° 295 (Acceso a Cochagual).

 

Seguidamente, indicó que la Dirección Nacional de Vialidad abonará al propietario del inmueble, en concepto de total y única indemnización por parte de la porción afectada, la suma de pesos un millón treinta y dos mil trescientos cincuenta ($ 1.032.350); compuesto por la suma de pesos novecientos treinta y ocho mil quinientos ($ 938.500), conforme la Tasación emitida por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, más la suma de noventa y tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 93.850) conforme el diez por ciento (10%) que establece el artículo 13 de la Ley N°21.499.

 

En este sentido el propietario se aviene a transferir en propiedad a la Dirección, que acepta de conformidad, una fracción de 2ha 4.537,98 m2con todo lo plantado y asentado en el mismo, según ángulos, medidas y linderos indicados en el proyecto de Plano de Mensura de Afectación con destino a la ejecución de la Obra.

 

Mayor financiamiento para el acueducto “El Tambillo”

Más tarde, los diputados y diputadas aprobaron el convenio por mayor financiamiento para la ejecución de la obra «Acueducto El Tambillo – Rodeo, departamento Iglesia, firmado el 29 de marzo de 2021, entre la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio de Obras Públicas, y el gobierno de la provincia.

 

La fundamentación de este asunto del orden del día fue brindada por el legislador Juan Carlos Abarca, quien señaló que este es la octava redeterminación de precios de la obra por el incremento comprendido entre los periodos enero 2020 y junio 2020, el cual corresponde a un 7.43% conforme a los informes técnicos realizados.

 

Cabe recordar que las partes intervinientes suscribieron un Convenio de Cooperación y Financiación el 11 de septiembre de 2018 por la suma de pesos trescientos cincuenta y cuatro millones ciento sesenta y nueve mil trescientos cincuenta y cinco con sesenta y un centavos ($ 354.169.355,61).

 

Con este nuevo acuerdo, la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio de Obras Públicas se compromete a ampliar el monto de financiamiento del acueducto por pesos cincuenta y tres millones setenta y cuatro mil cincuenta cuatro con noventa y cuatro centavos ($ 53.074.054,94). Por lo que el monto total del financiamiento para la obra de referencia asciende a la suma de pesos mil cincuenta y nueve millones setecientos veintiún mil treinta y ocho con cuarenta y dos centavos ($ 1.059.721.038,42).

Compartir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *